Diferencia entre denuncia, demanda y querella
Diferencia entre denuncia, demanda y querella
Infinidad de veces hemos escuchado frases del tipo «he
denunciado a una persona» o » le voy a demandar por …», «he puesto una querella
en el Juzgado…» Se están utilizando palabras (técnicas) como si tuvieran el
mismo significado (denuncia, demanda, querella) cuando realmente tienen su
propio significado y se identifican con conceptos diferentes.
Cada uno de los términos implican un vía judicial distinta.
La demanda iniciará el proceso judicial en vía civil, en vía social y en vía
contencioso-administrativa. Mientras que las querellas y las denuncias implican
el inicio del procedimiento judicial en la vía penal.
La legislación procesal española, establece cuatro órdenes jurisdiccionales, en los que si queremos iniciar un procedimiento
judicial, debemos presentar nuestra correspondiente, demanda, denuncia o
querella.
Así, existe el orden jurisdiccional civil, en el que
se llevan a juicio todos los conflictos que estén implicados las personas y por
defecto, todos aquellos litigios que no estén atribuidos de forma expresa en
los demás órdenes jurisdiccionales. Nos encontramos con los casos de familia,
divorcios, divisiones de herencia, contratos, reclamaciones dinerarias….
En el orden jurisdiccional penal, se enjuician los
delitos regulados en el Código Penal.
En el orden social, se tratan los conflictos laborales
que pueden surgir en las relaciones de los trabajadores con los empresarios,
como despidos, las negociaciones colectivas e incluso las modificaciones
sustanciales de las condiciones de trabajo.
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo, es
donde se tratan los conflictos que pueden surgir ante las Administraciones públicas.
Entonces, ¿Qué implica presentar una demanda?
Si se presenta una demanda, implica el inicio de un
procedimiento judicial en uno de las siguientes órdenes jurisdiccionales:
civil, contencioso-administrativo o social.
Si una persona desea iniciar un procedimiento judicial
de divorcio, o presentar una petición inicial de proceso monitorio porque le
deben una cantidad de dinero, o si quiere realizar una división de herencia, o
hacer una modificación de la pensión de alimentos a favor de un hijo, se
presentará una demanda ante la jurisdicción civil.
Pero si es un trabajador y quiere reclamar una parte
de sus salarios impagados por su empresa, o reclamar por un despido, lo que
debe presentar es una demanda ante la jurisdicción social.
¿Qué implica presentar una denuncia?
Si lo que se pretende es iniciar un procedimiento
judicial en vía penal, puede realizar la denuncia ante el Juzgado, ante la policía
o ante el Ministerio Fiscal por el que se iniciará una investigación de unos
hechos que son calificados como presuntamente delictivos, esto quiere decir que
son hechos que pueden ser calificados como delitos por el Código Penal.
Así, por ejemplo, son hechos relacionados con robos,
hurtos, estafas, homicidios, etc.
El denunciado, al igual que en la demanda, pasará por
varias denominaciones como son acusado, investigado…
El denunciante no forma parte del procedimiento, si
así lo deseara debería personarse como perjudicado.
En determinados delitos, la legislación penal
establece la obligación de denunciar a aquellas personas que conozcan los
hechos, como pueden ser que hayan presenciado un robo, homicidio, asesinato,
agresiones…, en definitiva, aquellos delitos calificados como públicos.
Pero otros delitos, sólo son denunciables por aquellas
personas afectadas, como son aquellos que afectan al honor, a la reputación,
son los delitos de injurias y calumnias.
Dentro de la jurisdicción penal, existe un modo de
iniciar el procedimiento judicial o de investigación de hechos presuntamente
delictivos como la querella.
¿Qué diferencia una querella de una denuncia?
Lo que diferencia la querella de la denuncia es que la
persona que comunica el hecho criminal también tiene intención de participar en
el proceso judicial, como parte de la acusación.
En la querella a parte de comunicar los hechos, se
identificará a las personas y solicitará la sanción punible que estime
conveniente.
Otra de las diferencias con la denuncia, es como ya se
ha reseñado, que será parte en el procedimiento penal y para ello debe
personarse mediante abogado y procurador.
Nos leemos.
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